La Universidad de San Carlos se pronunció sobre ProReforma en el Congreso de la República. Fue una de las 90 sesiones en las que se discutió, argumentó y evaluó social y políticamente la propuesta. Hay muchísimo que decir sobre esta presentación y, de nuevo, lo haremos sumariamente tratando de tocar el mayor número de puntos que la USAC criticó.
El primero es que ProReforma hace caso omiso de todos los demás derechos, aparte de los individuales. La respuesta es sencilla, los derechos individuales se mejoran, sin dejar de observarse lo que la Constitución diga sobre los otros derechos, en otros artículos. Es equivocado leer que todos los artículos no modificados dejan de observarse. Insistimos que es una reforma parcial. Se dice que ProReforma absolutiza estos derechos en desmedro de la multiculturalidad. Según parece, al invocar el carácter multicultural, los guatemaltecos, como personas, relativizaran sus derechos individuales y preferirán el trato desigual ante la ley. ProReforma cree que no y se opone justamente a eso.
Dice que “las reformas tienen como finalidad mantener la continuidad del orden jurídico”. Yo no he visto los estudios de la USAC sobre el asalto al orden jurídico que sufrió la institucionalidad en Venezuela, o en Cuba. Esos límites implícitos que aluden ¿son legales, sociales o meramente ideológicos? Si devienen del corazón de la disciplina del Derecho ¿por qué guardar silencio ante Venezuela, Cuba, Ecuador, Bolivia, etc. etc.?
Se habla de la estabilidad de las Constituciones, como si hubiera una contradicción entre el articulo 277 que abre la posibilidad de su modificación y la constitución actual. Sugiere que la buena gobernabilidad viene de la “edad” de la constitución y no de la claridad de sus ideas. Si las ideas son confusas, habrá zozobra, aun cuando la constitución tenga 100, 200 o 500 años.
Sobre la dificultad de determinar cuando un cuerpo normativo debe ser remitido al Senado y cuando a
Sobre el Senado, de nuevo se queja de mucho poder en la elección de funcionarios y de la concentración estratégica de poder en una súper institución. En ambos casos, lee parcialmente, porque no menciona las comisiones de postulación que es potestad compartida. Tampoco se refiere a que ese poder estratégico tiene únicamente que ver con velar por el respeto a los derechos de la persona. Un poder para exigir el trato igual de todos ante la ley. ¿Por qué temerle tanto a ese poder que no es excesivo y tiene límites bien definidos?
USAC acusa a ProReforma de fraude constitucional, lenguaje insidioso y amarillista, por buscar corregir las deficiencias que el sistema de gobierno presenta. No hay fraude en donde se mantiene la República, el poder soberano reside en el pueblo, este se ejerce por representantes, que son democraticamente electos. No hay fraude en donde existe separación y suplementariedad de poderes. ¿De qué fraude estan hablando? (Artículo 140)
¿Es fraude reformar la constitución cuando el texto de nuestra carta magna lo permite? Y el fraude lo previene la discusión amplia de la propuesta, cosa en la que participó la USAC y no se dio cuenta. Invoca la soberanía del pueblo, coincidimos ahí, pues ProReforma pide una consulta popular, pero demerita la discusión que se dio ante el Congreso, el representante de esa soberanía.
El tema del techo ideológico es repetición de los límites implícitos a la reforma y de mantener la continuidad del orden jurídico. Elegante figura que no tiene asidero alguno más que en la actitud conservadora de mantener un mismo esquema político, presidencialista y una constitución, más o menos intocable, aun cuando no se resuelvan la inestabilidad política, la decadencia de la ley y el irrespeto al derecho ajeno, cosas del día a día, del sufrido pueblo de Guatemala.